El pasado 26 de julio, los máximos represntantes de ambas instituciones, sellaron un pacto que marca un antes y un después en la relación entre notarios y gestores administrativos.
El Tribunal Supremo ha emitido una nueva aclaración sobre los plazos de los que dispone la Agencia Tributaria (AEAT) para exigir el pago de deudas tributarias.
Se determina como doctrina de interés casacional que el plazo de cuatro años de prescripción del derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación, se ha de computar de fecha a fecha con independencia de que el último día de dicho plazo sea hábil o inhábil.
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